Trust
Un trust es una gran empresa que posee fuertes posicionamientos, incluso dominantes, en varios mercados cercanos, en el seno del sector industrial. El Derecho de la libre competencia lucha contra los trusts que podrían volverse culpables de abuso de posición dominante.
Los trusts desempeñaron un papel económico importante en las sociedades capitalistas del Siglo XIX. Un trust es una gran empresa que readquirió otras empresas más pequeñas con el fin de limitar la competencia y ganar amplitud de mercado. Los ejemplos son numerosos: John Davison Rockefeller con el petróleo o Andrew Carnegie con el acero.
El trust es diferente del cartel, donde varias pequeñas empresas se asocian con el fin de ganar el poder de mercado, para generar más beneficio.
Existe dos tipos de concentraciones que llegan a formar un trust :
• La concentración denominada horizontal (rescate de las empresas del mismo sector)
• La Integración vertical consiste en el rescate de todo el sector de producción de la materia prima al producto terminado.
De manera general, se asiste sobre todo al fenómeno de concentración en los períodos de depresión en que las empresas, debilitadas o en quiebra, se hacen más fácilmente asequibles.
Con este sistema, una persona o una sociedad (el settlor) transfiere la propiedad jurídica de su fortuna o de algunos de sus bienes a otra persona o sociedad (el trustee) que la administra en interés de uno o de varios beneficiarios (el beneficiary). El propio settlor puede ser beneficiario del trust. La ventaja para el settlor es que no aparece ya como proprietario jurídico de sus haberes, lo que le ofrece una discreción absoluta y un gran número de ventajas, en cabeza de las cuales se sitúan la planificación sucesoria adecuada y el máximo aprovechamiento fiscal.
En efecto, en el caso del trust más frecuente, la decisión de transferir sus bienes a un trustee es irrevocable y se acompaña de un poder discrecional de este último para administrar los activos en su posesión. No sin tener en cuenta el Acto de trust (el Deed of Trust) que establece las principales normas de gestión en el momento de la creación del trust. Además, el settlor puede especificar una serie de deseos sobre el método de gestión de los activos y de su distribución (x) al beneficiario (s) en una carta de intenciones (el Letter of Wishes) la caul el trustee deberá tener en cuenta, aunque no lo obliga jurídicamente.
¿De dónde viene el trust?
Los trusts se inventaron en el período de las cruzadas, en el siglo XII, cuando los caballeros ingleses dejaban por mucho tiempo, a veces definitivamente, sus tierras para ir a librar batallas. Era necesario entonces encontrar un medio para administrar los bienes de estos caballeros, respetando al mismo tiempo sus voluntades y garantizando que dispondrían de sus bienes en caso de volver con vida. Por ello esta especificidad del derecho anglosajón se realizó, haciendo una distinción entre el propietario jurídico de un bien y el beneficiario que tenía un interés económico en este mismo bien. "Esta institución es hoy una figura tradicional de gran presencia, puesto que la mayoría de las grandes fortunas anglosajonas eligen crear un trust para la gestión y la conservación de su patrimonio a largo plazo."
¿Cuáles son las ventajas de un trust?
La creación de un trust permite disponer de múltiples ventajas. En función del lugar de residencia fiscal de los participantes del trust, es posible de manera totalmente legítima neutralizar o reducir considerablemente la carga fiscal que les es aplicable. En paralelo, el trust permite conservar una reseñable confidencialidad sobre la envergadura de un patrimonio y delegar su administración diaria. "Con un trust, puede entregar su casa, su yate, sus acciones, sus haberes bancarios… El trustee se encargará de recurrir en caso necesario a especialistas para administrar lo mejor posible todo lo que le confía. Como ejemplo, "un cliente inglés nos transmitió la propiedad de una superficie comercial en Londres. Así pues, con la asistencia de nuestros corresponsales, tenemos perfectamente gestionado el alquiler de las 40 tiendas que lo integran, controlando todos los flujos de efectivo y las posibles renovaciones de sus actuales inquilinos. Nuestro cliente nos ha vuelto a ceder otros activos y llevamos a cabo su gestión con compromiso, siempre de la manera más eficiente"
¿En caso de sucesión?
La gestión de la sucesión es otra ventaja importante del trust. Si uno de sus hijos cuenta los días que le quedan a usted para "irse", con la esperanza de poner la mano en su parte y gastarlo cuanto antes, usted puede decidir limitar el acceso de este hijo a su patrimonio poniéndolo a salvo en un trust. Mejor aún, puede elegir confiar la totalidad del control de la empresa familiar al hijo más con más capacidad para continuar con el legado industrial familiar. Puede considerar esta misma ventaja aplicándola a una magnífica colección de arte que corre el riesgo de dispersarse después de su muerte. Al crear un trust, un coleccionista puede prever la inscripción de su colección en el futuro y incluso mucho tiempo aún después de su propia muerte. Será necesario siempre tener en cuenta en la práctica el principio de la reserva sucesoria, reconocido en los órganos judiciales de derecho civil en Occidente."
¿A quién esta destinado el trust?
Los trustees no deben tener vinculación como beneficiarios con los trusts que administran. Eso es lo que permite gestionar y administrar los trusts con absoluta seguridad jurídica y fiscal. El principio de transparencia fiscal se aplica en general a los constituyentes residentes. Como la fiscalidad de los beneficiarios residentes de un trust puede ser compleja y variar en función de las características del trust y del país, los clientes objetivos de las empresas especializadas en esta herramienta de gestión patrimonial son esencialmente no residentes en los países de instauración del trust.
¿En qué difiere un trust de una sociedad offshore o de una fundación?
Cuando una persona con patrimonio y fortuna crea una sociedad offshore, cede parte de sus activos a esta sociedad. A cambio, recibe en propiedad las acciones suscritas, nominales o al portador. Estas acciones aparecen siempre ligadas a su patrimonio y se compartirán entre todos sus herederos cuando llegue el momento, atendiendo a lo que se ajuste a Derecho en su país de residencia. Con el trust, la situación es completamente distinta, ya que permite una distribución de los activos inmediata, ordenada, discrecional y flexible.
La fundación, es una entidad jurídica distinta a la cual el fundador dota con la subvención de un patrimonio destinado a un objeto determinado. Este patrimonio adquiere por lo tanto una personalidad jurídica propia. El trust y la fundación presentan grandes semejanzas, pero el trust anglosajón es el instrumento que garantiza la mayor disociación entre alguien y su patrimonio, garantizando al mismo tiempo una mayor protección en numerosos ámbitos, sobre todo en el ámbito fiscal.
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